Pongámonos por un momento al otro lado. En la acera del empresario. Del patrón. Del emprendedor. Sí, ya sé que es un traje que nos viene incómodo. Ya sé que nosotros no somos tan desalmados como ellos. Que nosotros no somos tan sanguinarios. Que lo haríamos de otra forma. Más humana.
Además, lo nuestro con el trabajo es profesionalidad intachable, actitud heroica y compromiso castrense con la función que desempeñamos. Ya sé que nuestra hoja de servicio es irreprochable e inmaculada. Y que nunca dejaríamos de acudir a solventar la faena diaria si no sobreviniera una fuerza mayor. Es sólo una figuración teórica para poder seguir con el artículo.
Ocurre que hay profesionales del absentismo. Del abandono regular del puesto de trabajo. Peritos de la imaginaria enfermedad común. Diestros calculadores de la incapacidad laboral transitoria. Seguro que conoce a más de uno. A esos me refiero; nunca a nosotros.
Pues resulta que, para el empresario -y para las arcas de la Seguridad Social-, este absentismo voluntario no es un pecado venial. Es un delito de difícil prevención. De muy difícil detección. Es un problema, en ocasiones mortal, que acaba con las empresas como el descabello en la lidia, y que esquilma el trabajo de unos, cotizantes obligados, hacia el bolsillo de otros, absentistas deliberados.
El coste directo para el empresario se soporta por anticipado. Como un seguro. Se paga por si acaso. A través de las costosas cotizaciones a la Seguridad Social.
Una vez se produce la baja transitoria, el rebajado de servicio se convierte en funcionario temporal, apareciendo el pagador Estado. La prestación pública que cobra el ausentado absentista se corresponde con el 75% de su base reguladora los primeros 3 días de su baja. Durante los días 4 al 20 la prestación se reduce al 60% de la misma base. Hay trabajadores que se saben esto al dedillo. Y lo gestionan.
Pero el perjuicio para el empresario no termina cuando empieza la baja, pues habrá de acometer nuevas contrataciones ‘necesarias’ para cubrir las temporalmente destruidas. Y habrá de asumir, sobre todo, el perjuicio empresarial provocado por el trabajo demorado, por el proyecto inacabado, por el pedido mal atendido.
Y no menciono, a más a más, los múltiples Convenios Colectivos que establecen condiciones en el sentido de que al trabajador, durante el período de baja por enfermedad, la empresa debe completarle la prestación económica de la Seguridad Social hasta alcanzar el importe del 100% del salario. Taza y media de incentivo.
Todo ello, bien sumado, y seguramente mal promediado, asciende a una cuenta cercana a los 2.200 euros de coste para el empleador español por cada ocupado.
No sé cómo lo verá usted. Como no le habré convencido de algo que usted no quisiera, ni era mi intención, volvamos ahora a ver la vida laboral tras las gafas del empleado por cuenta ajena.
Los hay que se pondrán enfermos de uno a tres días, porque no se precisa baja médica hasta el cuarto día. Los hay que arremeterán contra las empresas y se tomarán la justicia por su mano y, de paso, un permiso ilegalmente remunerado. Los hay que seguirán pensando que, como lo que es de todos no es de nadie, para que se lo lleve otro, me lo llevo yo.
Y también los hay que cuando llega una recesión y ven sus puestos de trabajo en peligro, recobran la salud de hierro.
1 comentario:
Jod.. y yo camino de los 20 años currando y que recuerde 5 días de baja por un accidente de trafico del que no tuve la culpa.
Si es que soy tont... jua, jua
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